SINCERAMIENTO DE LA CUOTA ORDINARIA
SINCERAMIENTO DE LA CUOTA ORDINARIA
Miraflores, 20 de enero de 2010
Estimado Asociado (a)
Para ninguno de ustedes resultará novedad la precisión que en ésta se hace, al aseverar que quien tiene la responsabilidad de velar por la salud financiera de la institución es el Consejo Directivo. Es por ello que quienes lo conformamos no hemos podido eludir la obligación de tener que ocuparnos y encontrar la solución para el panorama financiero que se nos presentará a lo largo del ejercicio económico recién iniciado (2010), luego del análisis del Presupuesto Operativo preparado para el año en curso.
Es necesario señalar que gracias a un prolijo manejo financiero durante el ejercicio que acabamos de concluir (2009), el Control Presupuestal al 31 de diciembre del 2009 presentó un “superávit” de S/. 265,589.00. Sin embargo, en la proyección presupuestal para el ejercicio correspondiente al año 2010, al mantener el rubro “ingresos por cuotas ordinarias” en el nivel de S/.150.00 por asociado activo/mes, se detecta un “déficit” de S/.477,012.00.
La razón: una menor recaudación en el 30% de las cuotas de ingreso.
La explicación: en el año 2010 se esperan S/. 784,825.00 menos de ingresos por este concepto que en el año 2009.
El motivo: la cuota de ingreso aumentada de US $ 7,500.00 a US $ 15,000.00 ha generado una disminución en el número de postulantes a nuevos asociados.
Teniendo en cuenta que desde el 22 de Enero de 2003 la cuota social se ha mantenido invariable, a pesar de que como es fácil y lógico deducir, el costo de vida ha aumentado en el curso de los últimos siete años, para financiar y nivelar el presupuesto de la institución, se hace imprescindible aplicar lo dispuesto por el artículo 20º del Estatuto Social, que a la letra dice: “La cuota ordinaria mensual podrá ser actualizada anualmente por el Consejo Directivo, de acuerdo con la variación del índice de precios al consumidor de Lima Metropolitana que publica el INEI, tomando como base la fecha de la última actualización realizada”
Al aplicar esta medida a partir del 1º de febrero del 2010 se estará logrando, al actualizar la cuota a S/.181.00 por asociado activo/mes, un ingreso por concepto de cuotas ordinarias de S/ 5’549,349.00 en vez de S/. 4’734,125.00, es decir un incremento de S/. 815,224.00, con lo que el “déficit” de S/.477,012.00 se cubrirá íntegramente.
En este comunicado hemos querido dar a conocer a todos los consocios del Club Tennis las Terrazas Miraflores las razones tenidas en cuenta por el Consejo Directivo, para decidir en su reciente reunión del día 7 de enero del 2010 la aplicación del artículo 20º del Estatuto Social.
Muy atentamente,
Jorge Butrón Sevillano
Presidente del Consejo Directivo
Club Tennis las Terrazas Miraflores